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Antidumping para la importación de porcelanatos

A partir de la Resolución 1272/2026, publicada en el Boletín Oficial el 06/08/2027, el Ministerio de Economía ha puesto bajo observación el derecho antidumping que hasta el momento se aplicaba a la importación de placas y baldosas de gres fino porcelanato clasificadas en la NCM 6907.21.00.


¿Qué dispone esta resolución?


La medida no impone un nuevo derecho antidumping. Lo que hace es abrir un examen por expiración del plazo y por cambio de circunstancias respecto de las medidas antidumping vigentes para el porcellanato originario de:

  1. Brasil
  2. China
  3. Malasia
  4. Vietnam


Lo más importante es que decide NO mantener vigentes los derechos antidumping mientras dure la investigación. Período comprendido entre 8 meses y un año.


Consecuencia práctica inmediata


Desde la entrada en vigencia de la resolución:

Las importaciones de porcellanato NCM 6907.21.00 provenientes de Brasil, China, Malasia y Vietnam dejan de pagar el derecho antidumping mientras dure el examen.


¿Qué ocurre con los compromisos de precios?


La resolución recuerda que:

En 2024 se habían aceptado compromisos de precios de varias empresas brasileñas.

Posteriormente, en marzo de 2026, dos empresas perdieron ese beneficio y quedaron sujetas al derecho antidumping.

Ahora, al suspenderse la aplicación de las medidas durante el examen, tampoco se aplican esos derechos mientras dure el procedimiento.


¿Qué países quedan comprendidos?


  1. Brasil: Continúa bajo examen.
  2. China: Continúa bajo examen.
  3. Malasia: Continúa bajo examen.
  4. Vietnam: Continúa bajo examen.
  5. India: Queda fuera del examen. La CNCE concluyó que no existe evidencia suficiente de recurrencia del dumping, por lo que no corresponde continuar el procedimiento respecto de ese origen.


¿Por qué se abre nuevamente el examen?


Las empresas nacionales (Cerámica Alberdi, Cerro Negro y San Lorenzo) sostuvieron que, si desaparecen las medidas:

  1. Volverían a ingresar importaciones en grandes cantidades; a precios que podrían afectar a la industria nacional.


La CNCE consideró que existen fundamentos suficientes para investigar esa posibilidad.


¿Por qué se suspenden igualmente los derechos?


Es el punto más llamativo de la resolución. La propia CNCE concluye que:

  1. Existen indicios para investigar; pero no considera necesario mantener las medidas mientras dure el examen, debido al tiempo que demandaría que nuevas importaciones impacten efectivamente en el mercado y a los plazos del procedimiento.


El Ministerio adopta ese criterio.


Períodos analizados


La investigación abarcará:

  1. Dumping: Abril de 2025 a marzo de 2026.
  2. Daño: Enero de 2023 a marzo de 2026.


Impacto para importadores


Desde el punto de vista operativo, una importación de porcellanato NCM 6907.21.00 originaria de Brasil realizada a partir de la vigencia de esta resolución implica que:

  1. No se liquida derecho antidumping.
  2. Continúa siendo exigible el Certificado de Origen No Preferencial, cuando corresponda por la normativa aplicable.
  3. La mercadería continúa sometida al procedimiento de examen; si al finalizar la investigación se reinstala una medida, ésta regirá hacia el futuro conforme a la resolución definitiva.


¿Puede reclamarse devolución de derechos pagados anteriormente?


No. La resolución no tiene efecto retroactivo. Los derechos pagados antes del 06/08/2026 permanecen firmes.

La suspensión opera únicamente para las destinaciones oficializadas desde la entrada en vigencia de la resolución.


Conclusión


Desde nuestro punto de vista, esta resolución representa un cambio relevante para el sector.

Aunque lo que se inicia es un nuevo examen por expiración del plazo y cambio de circunstancias, las importaciones de porcellanato originarias de Brasil, China, Malasia y Vietnam podrán ingresar sin el pago del derecho antidumping mientras dure la investigación. En consecuencia, se reduce el costo de importación durante ese período.

Cabe recordar que la resolución no elimina definitivamente las medidas, sino que suspende su aplicación hasta que finalice el examen.


Esperamos que esta información les sea de utilidad. Ante cualquier consulta, no duden en contactarnos.

Ante cualquier duda o consulta, comunicarse con nuestras oficinas.

Antidumping para la importación de porcelanatos